La discriminación ya es considerado un delito, después de la expedición de Ley 1482 de 2011, modificada por a la Ley 1752 de 2015
Recientemente, se hizo viral un video en el que echan a dos mujeres de un local en Chapinero por darse un beso. Después de publicar la evidencia, los dueños del local tuvieron que presentar disculpas públicas y, además, tuvieron que responder con una multa pedagógica.
Estas acciones parecen mínimas teniendo en cuenta que la discriminación ya es considerado un delito, después de la expedición de Ley 1482 de 2011, modificada por a la Ley 1752 de 2015.
Gráfico LR
Por tanto, las personas que son víctimas de discriminación tienen herramientas legales, tanto administrativas como judiciales. El primer recurso es el la acción policiva. El Art. 93, numeral 14 de la Ley 1801 de 2016 establece como comportamiento antinormativo el de “limitar o vetar el acceso a lugares abiertos al público o eventos públicos a personas en razón de su raza, sexo, orientación sexual, identidad de género, condición social o económica, en situación de discapacidad o por otros motivos de discriminación similar”.
“En caso de presentarse este tipo de comportamientos, la autoridad policiva podrán imponer multas al establecimiento hasta 16 Smmlv”, explicó Esteban García, Senior Counsel de Holland & Knight.
Igualmente, podría acudirse a la acción de tutela en caso que el acto de discriminación se presente en un establecimiento del Estado o, que siendo un establecimiento privado, se presente una situación de subordinación o indefensión y/o que se pueda estar generando un daño irreparable.
Como tercera herramienta, las víctimas podrían interponer una denuncia ante la Fiscalía, esto teniendo en cuenta que la discriminación en un delito. “En estos casos se aplicarían penas de prisión de 12 a 36 meses y multas de 10 a 15 Smmlv”, explicó García.
Estas acciones legales deben ir dirigidas a la persona natural que cometió el acto de discriminación. “Desde el punto de vista penal no podemos imputarle responsabilidad al establecimiento, puesto que en Colombia las personas jurídicas no son responsables penalmente. Lo que haría la acción es perseguir a la persona natural”, dijo Natalia Bojacá, abogada penalista.
En caso de que la acción discriminatoria genere daños a las personas discriminadas (daños morales, daños a la salud mental, daño a la vida en relación, daños por afectación a derechos humanos), se podría interponer una acción civil ante la jurisdicción ordinaria que pretenda la reparación de los daños causados.
“Las autoridades, como la policía, tienen una función muy importante en lo que respecta a la recepción de las denuncias por actos de discriminación, pues depende de ellos un correcto redireccionamiento de estas a la Fiscalía”, añadió Camilo Vargas, asistente legal de Riveros Victoria abogados.
ESTEBAN GARCÍASENIOR COUNSEL DE HOLLAND & KNIGHT
“Los actos de discriminación se elevaron a la categoría de delito, por lo tanto se aplicarían penas de prisión de 12 a 36 meses y multas de 10 a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La víctima debe acudir a las autoridades de policía y judiciales. En caso que las autoridades no brinden la colaboración podría acudir a la Procuraduría.
Antecedentes.
Es fundamental lograr documentar las acciones policivas o judiciales. Tomar videos, fotografías y buscar testimonios de personas que fueron participes u observadoras del acto. La discriminación puede manifestarse de diversas maneras, sin embargo, también existen actos de discriminación que no son tan comunes: la discriminación por apariencia física, por edad, por estado civil, por orientación sexual o identidad de género.
No hay comentarios:
Publicar un comentario